Javier Nistal Burón
El RD 840/2011, de 17 de junio, que regula, entre otras penas alternativas, el cumplimiento de la pena de localización permanente, lo hace exclusivamente cuando la misma se cumple en centro penitenciario, dicha modalidad aparece orientada en la LO 5/2010, de reforma del Código Penal, que la introduce como novedosa, a solventar la tradicional carencia de penas alternativas a las penas cortas de prisión, cuando, precisamente, esta sanción se transforma, propiamente, en un ingreso carcelario por cortos periodos de tiempo, lo cual parece cuanto menos paradójico.