La redacción de los arts. 429.1 y 435.2 LEC ha dado lugar a diferentes discusiones acerca del poder del juez a la hora de adoptar pruebas de oficio. En este trabajo se trata de analizar si el juez puede adoptar de oficio la práctica de pruebas al amparo de estos preceptos, aun cuando no lo soliciten las partes, pues lo que sí es evidente, es que se tiende en la LEC 2000 a una nueva concepción del principio dispositivo y de aportación de parte con estos preceptos.