La reforma operada en la LOTC tras la LO 6/2007 ha introducido una nueva exigencia para la admisión a trámite del recurso de amparo: que el contenido del recurso justifique una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional en razón de su «especial trascendencia constitucional». Este requisito particular constituye la principal novedad y caracterización más distintiva del nuevo régimen de admisión de recursos.