El RDL 3/2012 contiene elementos de continuidad, pero también de ruptura sobre los procesos reformadores precedentes, y trata de ampliar los espacios de decisión del empresario en la contratación, la gestión de personal y el reajuste de efectivos. Se propicia que los reajustes se hagan preferentemente a través de los instrumentos de flexibilidad interna, tanto por la ampliación del poder de dirección como por la facilitación de traslados, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, suspensiones y reducciones de contratos, pero, al mismo tiempo, se facilitan los despidos por razones inherentes a la empresa, redefiniendo las causas y suprimiendo la autorización administrativa en los despidos colectivos. Por otro lado, se reducen sensiblemente las indemnizaciones por despido improcedente y se suprimen los salarios de cotización. En la misma línea flexibilizadora jugará la prevalencia del convenio de empresa y la supresión de la ultraactividad del convenio colectivo.