El TJUE ha ido desarrollando una relevante jurisprudencia sobre el principio general de igualdad de trato, centrada principal, aunque no exclusivamente, en alguna de sus manifestaciones específicas, como la edad, y que se ha caracterizado por ofrecer una interpretación amplia y generosa de dicho principio, reforzando su alcance y contenido normativo. Esta doctrina jurisprudencial ha desempeñando un papel impulsor de la acción de la Unión en aquellos ámbitos competenciales donde habitualmente opera el principio de igualdad de trato, como la política social y la política de empleo. Ahora bien, esta tutela judicial de la igualdad de trato se funda en una jerarquía de motivos discriminatorios que tiene su origen en una opción del legislador de la Unión y que se proyecta tanto en el distinto alcance material de las discriminaciones prohibidas como en los diferentes niveles de justificación de las diferencias de trato admisibles.