Jaime Rouanet Moscardó
Es este artículo se plantea si la legalidad de una tasa por aprovechamiento especial del dominio público local está necesariamente vinculada a la validez o no de la Ordenanza Fiscal reguladora del tributo y, por tanto, si es aplicable el art. 43 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en conexión con la disposición Final 1.ª de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de evitar resoluciones judiciales contradictorias que podrían producirse al no ser firme aún la sentencia dictada por un Tribunal Superior de Justicia sobre la indicada validez de la Ordenanza.