Los trabajadores especialmente sensibles constituyen un colectivo muy amplio. En este primer capítulo, la autora se centra en analizar parte de este grupo, en concreto aquellos que tienen reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, los menores de 18 años, y los trabajadores temporales. En función de pertenecer a una u otra categoría, el deber del departamento de prevención será establecer unas pautas para lograr una adaptación total a su puesto de trabajo exactamente igual que la de cualquier otro trabajador, por lo que han de tener siempre presente los riesgos a los que se ven expuestos estos colectivos, de tal forma que las alternativas posibles han de conjugar que no se generen otros riesgos como consecuencia de las medidas a adoptar, y tampoco que pudieran producir ese efecto negativo generador de peligros para los restantes trabajadores u otras personas que pudieran encontrarse en el centro de trabajo. En muchas ocasiones, la organización del trabajo, consiste en una simple reorganización del puesto sin tener que recurrir a medidas preventivas de mayor complejidad