Eneko Rufino Bengoetxea
En el presente artículo, el autor, tras explicar el origen y finalidad de la figura de los "Business angel", aboga por la realización de la reforma legislativa que impulse su desarrollo, teniendo en cuenta los siguientes hechos: el momento de la inversión, el mantenimiento de la misma y el momento de la desinversión. Así propone las siguientes medidas:
- Una deducción en el IRPF del "business angel" como consecuencia de la inversión realizada - Una ampliación de la exención de los 1.500 euros prevista para el cobro de dividendos del "Business angel" - Una exención de las plusvalías derivadas de la transmisión de participaciones, cumpliendo ciertos requisitos. Estas propuestas se basan en las experiencias de otros países europeos en la materia, que no pueden calificarse sino de muy positivas para el favorecimiento de la creación de nuevas empresas.