Este artículo viene a complementar al que bajo el título �El error judicial� se publicó en La Ley de 21 de Noviembre del pasado mes. Su autor comienza examinando algunos problemas que la delimitación del error presenta respecto a la llamada inexistencia subjetiva del hecho imputado, según expresión acuñada en el marco de la responsabilidad patrimonial por prisión provisional en determinados supuestos. Siguen unas observaciones referidas al ámbito penitenciario, donde las competencias de la Administración y del Juez de Vigilancia se solapan a veces. El trabajo se cierra con el examen de las dificultades para apreciar dicho error en algunas actuaciones del Juez de Vigilancia que no son propiamente jurisdiccionales.