En la reforma del Código Penal llevada a cabo por la Ley Orgánica 5/2010, se introdujo un nuevo art. 183 bis, que castiga a quien contacte con menores de 13 años a través de las tecnologías (fundamentalmente internet) con fines sexuales. En este trabajo se estudia, en primer lugar, la regulación de esta clase de delitos en el Derecho comparado, a fin de tener un contexto más amplio para, en segundo lugar, analizar en un sentido crítico la regulación española.