Las asociaciones de consumidores se configuran como una modalidad específica de asociación. Dentro del marco orgánico fijado por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, tanto el Estado como las Comunidades Autónomas, pueden normar por ley ordinaria, dentro de sus respectivas competencias, diversos aspectos de su régimen jurídico. Así lo hizo la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, que estableció un régimen jurídico básico de aplicación a todas las asociaciones de consumidores, en desarrollo de las competencias recogidas en los artículos 149.1.1º y 149.1.6º de la Constitución. La determinación y estudio de este régimen básico, que en algún extremo plantea dudas de constitucionalidad, constituyen el objeto fundamental de este trabajo.