El presente trabajo tiene por finalidad efectuar un análisis sobre la forma en que debería darse efecto a los derechos reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
En particular, la atención se focaliza en aquellos derechos reconocidos por el Convenio que tienen una relación más directa con la utilización de recursos naturales, tierras y territorios, como también con el deber general de consulta frente a medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. El trabajo intenta un enfoque práctico, para lo cual se consideran especialmente las implicancias ambientales y regulatorias que podrían derivarse de su entrada en vigencia, tomando en cuenta los precedentes de orden constitucional, judicial y administrativo que se han elaborado en el último tiempo. Finalmente, se identifican y analizan las materias que podrían acarrear modificaciones regulatorias como consecuencia de la entrada en vigencia del Convenio, teniendo en cuenta que la actual institucionalidad chilena, en muchos casos, ya contempla los mecanismos adecuados para el ejercicio de los derechos en él contenidos