La sentencia estima parcialmente el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial que había condenado al acusado como autor de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas que causa grave daño a la salud, con la agravante de reincidencia, a las penas de prisión de seis años e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y al pago de la multa de 90 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y al pago de las costas procesales, rebajando la pena de prisión a cuatro años, seis meses y un día.