José M.ª Caballero Sánchez-Izquierdo
Lo relevante de las grabaciones videográficas y fonográficas en el marco del procedimiento penal es que el examen acerca de su valor probatorio, o lo que es igual, su capacidad para que el contenido pueda ser tomado en consideración por el Juez, no es solo su aptitud para acreditar hechos, sino, además, si dicha habilidad tiene valor suficiente como para llegar a desvirtuar la presunción de inocencia, de modo que del resultado de la reproducción de un registro videográfico o fonográfico sea posible seguirse consecuencias tan graves como las que cabe adoptar en un proceso penal.