La consecuencia fundamental de la Directiva 2006/123 del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior, es el sometimiento de las disposiciones nacionales que regulan la prestación de servicios, independientemente de si obstaculizan o no el comercio entre estados miembros, a un nuevo parámetro para determinar su conformidad con el ordenamiento jurídico: el principio de proporcionalidad. Principio al que no quedaban sometidas las regulaciones nacionales no obstaculizadoras del comercio intracomunitario antes de la entrada en vigor de la Directiva como consecuencia de la laxitud del escrutinio al que venían siendo sometidas tales regulaciones cuando se tomaban como parámetro los derechos fundamentales económicos nacionales. La Directiva en este aspecto supone una potencial desregulación del mercado. El artículo analiza los rasgos del mercado interior y en relación con ello la jurisprudencia del Tribunal de Justicia sobre libre prestación de servicios y sobre libertad de establecimiento.