Patricia Leandro Vieira da Costa
La expulsión de los extranjeros irregulares en el ordenamiento jurídico español puede ser gubernativa, en virtud de la comisión de infracciones administrativas; o producirse en el marco de un proceso penal como sustitución de penas privativas de libertad o de medidas de seguridad. En ambso casos, nos encontramos ante manifestaciones de un verdadero Derecho penal del enemigo vinculado a la restictiva política de extranjería gestionada por la Administración. Atendiendo a la importante función que cumplen los extranjeros en la economía española, en este Derecho penal del enemigo prima la faceta simbólica. En cualquier cao, esta regulación resulta ilegítima y hay indicios de que carece de ligitimación democrática.