El 21 de junio de 2012 será aplicable para nosotros y en otros Estados de la Unión Europea adheridos al sistema de cooperación reforzada el Reglamento 1259/2010 que desactivará la norma de conflicto del todavía vigente art. 107.2 CC, abriendo la posibilidad de que los cónyuges designen libremente, pero de manera informada y con responsabilidad, de la Ley por la que debe regirse su separación o su divorcio. El Reglamento, directamente aplicable entre los Estados miembros participantes, plantea, sin embargo, la necesidad de reformar nuestro Derecho interno en cuestiones trascendentales, y el reto de cambiar el sistema de aplicación facultativa del Derecho extranjero.