Iñigo Barreda
Dos comunidades autónomas se han apresurado a modificar su propia normativa sobre baremación de méritos profesionales eliminando algún rasgo discriminatorio en la normativa de selección de aspirantes a oficinas de farmacias, algo que podría calificarse de insólito en el panorama jurídico administrativo si no fuera por el hecho de que obliga la doctrina comunitaria del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que resolvió la "cuestión prejudical asturiana". La sentencia TJCE tiene ya efectos directos y colaterales en nuestra jurisprudencia y en la ordenación farmacéutica autonómica (baremos de méritos no discriminatorios, módulos poblacionales según necesidades reales y objetivas de cobertura asistencial). El otro gran asunto de actualidad que trasciende lo meramente económico es la reciente decisión del Tribunal Constitucional de admitir el recurso contra las medidas de recorte farmacéutico en Galicia, que tiene también como consecuencia directa la suspensión de preceptos en conflicto con competencias del Estado