El presente comentario tiene por objeto analizar �a propósito de la sentencia del tribunal de Justicia de la Unión Europea de 10 de junio de 2010- la problemática suscitada en España en relación con el valor de las cotizaciones a efectos de reunir los períodos de carencia necesarios para acceder a determinadas prestaciones por parte de los trabajadores a tiempo parcial; y en última instancia sobre la constitucionalidad de la D.A 7ª de la LGSS.