Los Tribunales laborales se han pronunciado de forma contradictoria acerca de si el Decreto de 2 de marzo de 1944, que estableció bajo determinadas condiciones el derecho de los causahabientes del trabajador fallecido a una indemnización, continúa vigente o, por el contrario, quedó derogado en 1980 por la Ley 8/1980, del Estatuto de los Trabajadores. El autor de este estudio entiende que el Decreto de 1944 es contrario a la Ley 8/1980 porque, con independencia de que sea o no contradictorio con su artículo 49.5, es incompatible con su artículo 3.1,a), según la cual los reglamentos «desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior, pero no podrán establecer condiciones de trabajo distintas a las establecidas por las leyes a desarrollar»; sin que, por otra parte, pueda establecerse un paralelismo entre el Decreto de 1944 y el artículo 81 de la LCT de 1944.