El artículo parte de la base de que, en lo referente a estas materias, el tiempo desde la entrada en vigor de la Constitución no ha pasado en balde, porque si en los años setenta del siglo xx el peso de la emigración española dio lugar a que la Constitución de 1978 optara por un generoso reconocimiento de los derechos de la emigración, incluido el derecho a participar en las elecciones, ejerciendo su derecho al voto, con formulas cercanas a lo que hoy se da en llamar «discriminación positiva»; en los primeros años del siglo xxi, mas de treinta años después de aprobada la Constitución, la tendencia se ha invertido y de ser un país de emigración, España ha sido estas últimas décadas un país de migración, cuya plasmación electoral realista tiene dificultades en el tenor literal de la Constitución.
Estos fenómenos ponen de manifiesto la necesidad de actualización de normativas que permitan adecuar el contenido constitucional a las realidades actuales y estudiar métodos de respuesta a circunstancias propias de la sociedad política actual.
Ciertamente algunas de estas cuestiones ya han sido resueltas con mayor o menor fortuna, por ejemplo el voto de los españoles transeúntes temporales en el extranjero, con la reciente reforma de la loreg por ley orgánica 9/2007 de 8 de octubre y desarrollada en el Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero.
Ahora bien a estos efectos resulta muy relevante la reciente propuesta de la Subcomisión de la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados para el estudio de posibles modificaciones del Régimen Electoral General que aprobó el 30 de junio de 2010 un Informe que contiene sugerencias de hipotéticas e importantes reformas de la loreg, como, por ejemplo, en la materia que nos ocupa, la posibilidad de votar en urnas en los consulados, o, incluso la muy relevante de suprimir el voto de los integrantes del cera, (censo que pasó de estar integrado por unas 100.000 personas en 1985, a casi 1.300.000 en 2009), en las elecciones locales para quienes no sean residentes en el municipio o entidad local.