Existe una relación jurídica libremente aceptada entre el Ayuntamiento y los empleados públicos que prestan su servicio en dicho Ayuntamiento, articulada a través del correspondiente vínculo contractual o estatutario, con base en el cual se justifica plenamente la comunicación de los datos personales a los que se refiere el escrito de consulta (11.2-c de la LOPD), siendo que la finalidad legitima que justifica la cesión de datos de carácter personal a la Comunidad de Madrid es la dar cumplimiento a los requisitos establecidos por la misma -en el ámbito del desarrollo de sus competencias propias (artículo 6.2 de la LOPD)- para la concesión de las ayudas y subvenciones de que se trata.