La actividad de recolocación o de outplacement proporciona servicios de apoyo, información y asesoramiento para la búsqueda de un nuevo empleo, al objeto de conseguir que el trabajador gestione con éxito su propio "proceso de recolocación". Esta actividad empresarial es objeto hoy de un creciente interés desde diversas perspectivas, como son las propuestas de flexiseguridad para el mercado de trabajo, las orientaciones de gestión anticipada de los procesos de reestructuración empresarial, y las propuestas de desarrollo de la responsabilidad social corporativa. En esta línea, la reforma del sistema de intermediación llevada a cabo por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, aborda la regulación de las empresas de recolocación, o mejor dicho, de las empresas que desarrollen una actividad de recolocación de los trabajadores excedentes en procesos de reestructuración empresarial. El análisis de esta regulación sobre las empresas de recolocación exige, definir su régimen jurídico de conformidad con el marco normativo en el que la misma se integra. Además, lo anterior ha de abordarse con referencia a los diversos agentes públicos y privados que desarrollarán la función de intermediación. La opción normativa que aplica a las empresas de recolocación el régimen jurídico de las agencias privadas de colocación suscita algunas dudas, por ejemplo, en relación con el sometimiento a un sistema de autorización de la prestación de servicios de outplacement, atendiendo a la normativa sobre servicios. El presente trabajo también aborda de forma más detallada la función que los servicios de recolocación pueden asumir en los procesos de reestructuración empresarial así como las líneas que podría adoptar una intervención normativa en este terreno, atendiendo además a los ejemplos o experiencias que brindan algunos países europeos y a las propias directrices y orientaciones comunitarias.