Pocas sentencias tienen tanta trascendencia mediática y, sobre todo, interpretaciones tan dispares como la STJUE de 21 de octubre de 2010. La razón es obvia, el tema del sistema de canon por la compensación equitativa de copia privada ha supuesto desde su adopción un sempiterno motivo de polémica y disconformidad. El presente comentario, intenta realizar un análisis claro, preciso e imparcial de lo que, en realidad, viene a suponer esta sentencia respecto a tanto a la propia concepción de la compensación equitativa por la copia privada como a los sistemas elaborados en aras de dar cumplimiento efectivo a tal compensación.