La reforma que ahora introduce la LO 5/2010, de 22 de junio, da algunos pasos más por la vía de la creciente protección penal del patrimonio individual y empresarial, así como de los mercados. Ello, no tanto por el incremento directo de las penalidades típicas, cuanto por la ampliación del alcance de los tipos y el incremento de tipos cualificados, con las consiguientes agravaciones de pena. Al margen de esto, conviene subrayar la hiperagravación del blanqueo de capitales relacionados con los delitos de corrupción: ordenación del territorio, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas y, en fin, corrupción en las transacciones comerciales internacionales.