Tres años después de su expresa previsión legal ha nacido la prestación por cese de actividad, que trata de proporcionar al trabajador autónomo una tutela similar a la que disfruta el asalariado frente a la contingencia de pérdida del trabajo. La prestación por cese de actividad guarda evidentes paralelismos con la prestación por desempleo, sin perjuicio de las particularidades propias de los trabajadores autónomos. Conviene destacar que la Ley no proporciona un régimen jurídico completo, pues son frecuentes las remisiones al desarrollo reglamentario, que en sus aspectos básicos deberá aprobarse antes de la entrada en vigor de la norma legal, prevista para el 6 de noviembre de 2010.