La regla �nullum crimen, nulla poena sine praevia lege� se recoge en casi todos los ordenamientos jurídicos del mundo. Sin embargo, existe aún un área donde es corriente la aparición de reglamentos que lo vulneran: la disciplina deportiva. La STC 81/2009, de 23 de marzo de 2009, declaró la nulidad del artículo 69.3 C) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del deporte. Aun así, en la actualidad, los reglamentos de muchas Federaciones contienen preceptos similares, lo que puede crear graves problemas si los sancionados recurren sus penas en base a la inconstitucionalidad de las normas de referencia utilizadas para imponerlas.