En el sistema español quedaban algunos supuestos de discriminación no justificada basada en el sexo como el caso de la lactante autónoma en el que los órganos judiciales no tutelaron debidamente el derecho fundamental de la trabajadora, manteniendo injustificados obstáculos para la compatibilidad de su vida profesional con su vida familiar. O, paralelamente, como una discriminación del varón, que materialmente se convierte en una discriminación de la propia mujer, ya que al no consolidarse el principio de igualdad en el disfrute del permiso de trabajo se erige en un factor de alejamiento de la mujer del mercado de trabajo, sin que contribuya a su emancipación de las tareas domésticas (STC 3/1993, FJ 3.º). Por eso es importante la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 30 de septiembre de 2010, al resolver una situación que en el momento de producirse los hechos establecía una discriminación no justificada basada en el sexo. Una situación según la cual el padre trabajador por cuenta ajena sólo podía disfrutar de ese permiso, en lugar de la madre de su hijo si ésta era trabajadora por cuenta ajena.