La reforma del mercado de trabajo llevada a cabo a través de la L 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo (BOE 18), establece como una de sus líneas directoras básicas el impulso del empleo estable y de calidad. Considerada unánimemente la temporalidad como un elemento distorsionante del actual mercado de trabajo, la citada reforma establece distintas líneas de actuación con el objetivo de consolidar un modelo de contratación estable y de calidad. A tales fines la reforma sitúa como centro de gravedad del nuevo sistema de contratación el contrato para el fomento de la contratación indefinida. A lo anterior se añade la reforma de alguno de los instrumentos clave de la contratación temporal, como es la limitación del uso del contrato de obra o servicio y el reforzamiento del control de los encadenamientos de contratos temporales. La modernización de los contratos formativos y la polémica opción por la capitalización de la indemnización por despido completan el panorama de medidas.