La Ley Orgánica 2/2009 ha introducido una amplia reforma de la Ley Orgánica 4/2009, que ha afectado a la mayor parte de sus preceptos y que ha incidido en temas de especial trascendencia. El objeto fundamental de la reforma ha sido incorporar diversas directivas comunitarias a nuestro ordenamiento jurídico, las cuales, preocupadas por la situación de relativo descontrol de la migración y la dificultad de ordenar los flujos migratorios, ha tratado de establecer reglas armonizadas para asegurar que la migración se ajuste a las necesidades del mercado de trabajo y a la capacidad de acogida del país, reforzando para ello los mecanismos de vigilancia y de control de la migración legal, la lucha contra la inmigración ilegal, además de potenciar los instrumentos de integración social de los inmigrantes con residencia legal, especialmente los inmigrantes en situación regular. En su conjunto, la LO 2/2009 ha mejorado la situación de los inmigrantes legales, cuya integración se declara como un eje central de la política migratoria española y, al mismo tiempo, trata de evitar y de eliminar en lo posible la inmigración irregular, reforzando los controles, agravando el régimen sancionador y facilitando la expulsión de los extranjeros en situación irregular. En algunos derechos fundamentales se ha producido un reforzamiento, entre ellos en el derecho de libertad sindical y de huelga pero, al mismo tiempo, se han delimitado con mayor rigor las posibilidades de reagrupación familiar y, sobre todo, se ha regulado de forma más rigurosa el acceso «legal» al mercado de trabajo, muy condicionado por las necesidades del mercado, si bien se mejora la situación de los residentes legales y muy en especial de los de larga duración. El núcleo central de la reforma ha sido el fortalecimiento de la lucha contra la inmigración ilegal, tanto respecto al régimen sancionador, como, sobre todo, respecto a la expulsión o retorno de extranjeros en situación irregular, facilitando el retorno forzoso derivado de decisiones de expulsión y devolución, aparte de la denegación de entrada. En relación con estas decisiones, se prevé el uso de medidas coercitivas, incluido un régimen más prolongado de internamiento. La LO 2/2009 favorece, además, la coordinación de las Administraciones Públicas y el diálogo social sobre la inmigración.