María Carmen Muñoz Benavides
Dada la poca concreción que la Ley otorgó a este importante artículo que reformó en marzo de 2009, ya existen algunas resoluciones de los Juzgados Mercantiles sobre la materia que conviene tener en consideración, puesto que nos ayudan a conocer cómo debemos realizar las comunicaciones de «preconcurso» al Juzgado contenidas en el art. 5.3 Ley Concursal.