La identificación del número de terminal telefónico, objeto de intervención judicial, juega un papel primordial en la licitud de cualquier resolución habilitante. Se plantea, sin embargo, analizando en profundidad la naturaleza jurídica de tal dato, si la mención y justificación de la fuente, que ha llevado al conocimiento de aquél, es requisito esencial para la licitud de la injerencia; el análisis de las distintas fuentes, así como las consecuencias jurídicas del alegato de ilicitud de tal fuente de conocimiento; todo ello a la luz de la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo.