Luis Manuel Lloredo Alix
La ciencia jurídica alemana del siglo XIX se cuenta entre las épocas más fecundas para el pensamiento jurídico, sobre todo si entendemos éste en un sentido lato. Hoy en día, la especialización académica ha conducido a una autonomía total de la filosofía del Derecho como disciplina científica, cercenándose así el profundo lazo que existía entre las diversas ramas de la ciencia del Derecho positivo y la actividad que hoy entendemos como propiamente iusfilosófica. Sin embargo, semejante distribución de papeles sería poco comprensible desde la óptica de los juristas decimonónicos. Un filósofo del Derecho en sentido puro, dedicado con exclusividad al cultivo del pensamiento jurídico, habría sido bien difícil de encontrar en aquel contexto. Como mucho, podría hablarse de civilistas, penalistas, iuspublicistas, etc. �aunque tampoco estas distinciones eran tan tajantes como ahora� que interpretaban y sistematizaban el Derecho positivo mediante un aparato de ideas que hoy podríamos denominar filosóficas. Así pues, la ligazón entre la dogmática jurídica y el pensamiento jurídico era constante y fluida.