Angel Juan Nieto García
La doble vía administrativa supone el eje de la clasificación penitenciaria: Proponer y resolver o impugnar y resolver conforman la doble instancia que la legislación penitenciaria y administrativa, a través de la Ley Orgánica General Penitenciaria y la Ley 30/92 RJAP-PAC, otorga a la Administración Penitenciaria en sus órganos periféricos �Junta de Tratamiento de los Centros Penitenciarios- y en sus órganos centrales �Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto-.