El acoso moral en el trabajo carece de regulación específica en el sistema jurídico español, pero su regulación genérica está directamente vinculada con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Aún así, no se puede obviar que estos casos presentan otras connotaciones pues, no sólo se consideran un riesgo laboral, sino que también entra en el campo anímico no visible; de ahí la problemática para su detección, evaluación y erradicación, derivando hacia una problemática de difícil calificación jurídica. Las sentencias presentadas muestran cómo se ha recurrido a legislación complementaria según las especifidades de cada caso, estudiándose las situaciones de hostigamiento o acoso moral denunciadas por el trabajador e interpretándolas según el sistema jurídico español con objeto de obtener respuesta.