María del Carmen Blasco Soto
La esperada reforma de las leyes procesales, Ley 13/2009 de 3 de noviembre, ha transformado la estructura del proceso de modo irrevocable. La intención del trabajo es estudiar el acto procesal que inicia el proceso civil: la demanda. La atribución de competencias al secretario para la admisión y al juez o tribunal para la inadmisión va a crear múltiples problemas, derivados principalmente del nuevo reparto de los actos procesales, sin indicar qué unidades de la nueva Oficina se encargan de la admisión de la demanda. Tampoco se explica la función del juez respecto a la demanda admitida, lo que puede producir, desde el punto de vista procesal, una serie de alternativas que tratamos de resolver.