¿Es la prueba en el proceso civil renunciable? Este es el controvertido tema que se analiza en el presente trabajo en el que, tomando la opinión de todos los operadores jurídicos y la base legal exigible, se llega a la conclusión de que, efectivamente, cabe renunciar a la prueba, imposibilitando a la contraparte y, al propio juzgador, a pedir su práctica. El examen de los supuestos de hecho se explicita en este artículo en el que, asimismo, se recoge una conveniente recomendación final.