La Conferencia Internacional de Protección de Datos ha finalizado con la aprobación de la «Resolución de Madrid», un documento que recoge distintas perspectivas del derecho a la protección de datos y legislaciones de los cinco continentes, y que pretende ser el punto de partida para el desarrollo de un convenio global de protección de datos y privacidad. Pero al no ser vinculante, ¿se quedará en una mera declaración de intenciones?; ¿será el modelo que adoptarán los países que aún no tienen normativa de protección de datos?; ¿se convertirá en la guía para la armonización de las ya existentes?; ¿qué supondrá para nosotros?; ¿se constituirá algún órgano que promocione esta iniciativa?