El bloque de la constitucionalidad permite a las Comunidades Autónomas participar en la gestión de servicios relacionados con el ejercicio de la función jurisdiccional. Andalucía se incorporó a esta tarea en 1997 y, de manera inmediata, hubo de afrontar la de dotar a los órganos judiciales de bienes materiales para la impartición de la justicia. Para ello contó con la colaboración de colaboración de las fiscalías andaluzas. A lo largo de estos años se ha procedido también a la mejora de las estructuras organizativas de la oficina judicial, con el objetivo de alcanzar la máxima racionalización posible de los medios personales y de los procesos de trabajo. Sin embargo, es preciso profundizar en las estrategias seguidas hasta ahora y definir otras nuevas, relacionadas con la gestión de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y la adecuación a la estructura autonómica de la organización de la Oficina Judicial. Como lo exige el cumplimiento de lo dispuesto en el Título V del estatuto de Autonomía reciente reformado. En tal sentido, se impone también la instauración de procedimientos dirigidos a la descentralización de aquellos aspectos de la propia Administración de Justicia, cuya naturaleza lo permite, como la creación de Consejo Andaluz de Justicia de Andalucía o la nueva figura del Fiscal Superior de Andalucía.