En la anterior entrega de su artículo, los autores analizaban la evolución histórica de la figura jurídica del Defensor (Ombudsman) y su implantación en algunos Servicios de Salud autonómicos para abordar después de forma específica algunas de las funciones del Defensor del Paciente del Sistema Sanitario de Madrid (gestión y clasificación de quejas, pacto amistoso, dictamen en Derecho, alcance del dictamen, mediación extrajudicial, etc). En esta segunda y última entrega, los comentarios sobre las actuaciones que lleva a cabo el Defensor de Madrid se extienden a su función consultiva y a los requisitos necesarios para la mediación. Terminan su exposición con el abordaje de criterios jurídicos de responsabilidad que determinan qué tipo de lesiones son indemnizables.