El principio de confianza legítima, introducido por la Ley 4/1999, de reforma de la Ley 30/1992, supone que la autoridad pública no puede adoptar medidas que resulten contrarias a la esperanza inducida por la razonable estabilidad de las decisiones administrativas tomadas, y en función de las cuales los ciudadanos han realizado determinadas actuaciones. Este principio debe examinarse desde el casuismo de cada decisión, lo que vamos a realizar en este estudio de jurisprudencia mediante el análisis de distintas sentencias, agrupadas en función de diferentes ámbitos de la actividad administrativa, que consideran vulnerando dicho principio.