Si existe un foro de competencia problemático en el régimen Bruselas éste es, sin duda, el foro especial establecido para los contratos en el art. 5.1 del Convenio de Bruselas de 1968 y del Reglamento 44/2001. Mucho se ha dicho, escrito y debatido sobre el alcance de este precepto, sobre su reforma, incluso sobre su supresión.