Eduardo Verdún Fraile, Lino Castellano Montero
Las principales novedades operadas en el IVA en 2009 han venido motivadas, en esencia, por la necesidad de ajustar determinadas partes del Impuesto a la evolución de Derecho comunitario, muy especialmente, a la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo. A lo largo del presente artículo, se desarrollan en detalle dichas modificaciones que han afectado tanto a la Ley del IVA como a su Reglamento de desarrollo. En este sentido, debe destacarse la nueva regulación que se introduce en el Reglamento a través de la cual se permite a la práctica totalidad de los sujetos pasivos del Impuesto solicitar los saldos a devolver que eventualmente puedan determinar sus declaraciones-liquidaciones, modificación que en última instancia también encuentra su fundamento en asentada jurisprudencia del Tribunal que ha proclamado reiteradamente la necesidad de que el derecho a la deducción se pueda ejercitar de forma inmediata por los empresarios o profesionales. Debe mencionarse, asimismo, el ajuste y simplificación en los modelos de presentación de las autoliquidaciones del IVA, con referencia expresa al nuevo modelo 340 a través del cual se deben transmitir por vía electrónica a la Administración tributaria de forma periódica los libros-registro cuya llevanza incumbe a los empresarios o profesionales y que, al menos durante 2009, es una obligación que afecta exclusivamente a quienes hayan optado por el nuevo sistema de devoluciones mensuales.