Las Sociedades de prevención nacen con la finalidad proclamada en el RD 688/2005 de poner fin a la actuación que las Mateps venían desarrollando en nuestro país como servicios de prevención ajenos, ya que incurrían en un incumplimiento generalizado de la legalidad al desviar recursos públicos procedentes de la Seguridad Social para financiar una actuación privada en el ámbito de la prevención. Al mismo tiempo, buscaba una mayor clarificación de este mercado y mayores dosis de calidad en la presentación de los servicios de prevención. Sin embargo, las múltiples disfuncionalidades detectadas en la práctica y las propias conexiones que la norma permite entre las sociedades de prevención y su Matep promotora, llevan a afirmar que no se ha conseguido el objetivo de lograr una separación clara entre la actividad de las mutuas como entidades colaboradoras de la Seguridad Social y la que realizan las sociedades de prevención.