Analiza este trabajo el tratamiento que recibe el medio ambiente en la Constitución italiana. Incluye un breve resumen del interés que, en los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial, despertó el medio ambiente como bien jurídico digno de protección, Destaca cómo la Constitución aprobada en 1947 no trataba de este asunto y no lo ha hecho hasta su reforma de 2001, gracias, en gran medida, a la contribución en tal sentido de la Corte de Casación y de la Corte Constitucional. Se detiene asimismo su autor en dar cuenta de las aportaciones doctrinales al respecto y atiende también al tratamiento legislativo que ha recibido el medio ambiente en Italia, en donde ha sido objeto de un tratamiento, según su autor, demasiado fragmentario y desordenado.