Se examinan las últimas propuestas de nuevas modalidades de contratación, un contrato de trabajo «único» y un contrato de trabajo «indefinido no fijo», ambos caracterizados por una tasación de la cuantía de la indemnización por despido sensiblemente inferior a la actual estable, sin control de la causa del despido ni exigencia de forma o de procedimiento, con el único límite de los despidos discriminatorios.