La regla de mercado es ya un estándar generalmente admitido para la liquidación de la indemnización en caso de incumplimiento definitivo de un contrato de cambio, en tanto que subsume los criterios básicos de delimitación de la extensión del resarcimiento en el ámbito contractual: la asunción del riesgo al tiempo de contratar y la mitigación del daño. En el artículo se analiza la recepción de los citados criterios, especialmente del deber de mitigar el daño, y de la regla de mercado en los PECL/DCFR, para dilucidar la función que esta última desempeña en sendos sistemas normativos, se de mera presunción del daño concretamente sufrido por el acreedor del resarcimiento o, por el contrario, de tasación abstracta de una indemnización mínima.