Paula Paradela Areán
La Ley 54/2007 se propone, de un modo ambicioso, regular la adopción internacional respondiendo a las especiales necesidades que derivan de este fenómeno.
El presente comentario se centra en las soluciones otorgadas por la ley a las cuestiones de competencia judicial internacional, ley aplicable y reconocimiento de adopciones constituidas en el extranjero, analizando las novedades que aporta y las soluciones que de ellas se derivan.