José M.ª Caballero Sánchez-Izquierdo
La STC 45/2009, de 19 de febrero, objeto del presente artículo, resuelve la duda de constitucionalidad planteada por un juzgado de lo penal de Murcia en relación con el párrafo primero del artículo 171.4 del Código Penal, que sanciona al que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia. La resolución del alto Tribunal cuenta con tres votos particulares discrepantes, que son reproducción respectiva de tres de los cuatro formulados junto a la STC 59/2008, en la que se declaró la constitucionalidad del artículo 153.1 del Código Penal.