José Ramón Rodríguez Carbajo
El TS ha establecido que el derecho del ciudadano al reintegro de los gastos abonados a su Letrado no surge automáticamente cuando se declara ilegal el acto por la estimación de un recurso administrativo, sino que solo se dará en función de las circunstancias que puedan apreciarse en cada caso, fundamentalmente, para que surja ese derecho de reintegro del ciudadano será preciso que la actuación administrativa haya sido no sólo ilegal sino, además, arbitraria o irracional.